El pasado 30 de junio se produjo el vencimiento de la póliza colectiva del seguro de responsabilidad civil profesional para colegiados ejercientes contratada por el Consejo General de la Abogacía Española con la compañía ARCH INSURANCE-DUAL IBÉRICA, y a la que el Colegio estaba adherido junto con otros cuarenta y nueve Colegios de Abogados desde 2006.

 

El Consejo General de la Abogacía Española remitió al Colegio el pasado 8 de junio una Circular en la que se informaba que, ante la elevación de las primas que suponía la renovación con ARCH-DUAL y que la misma solo se efectuaría por un año, tras estudiar varias opciones alternativas, se había elegido la propuesta de MAPFRE.

 

Ante ello, la Junta de Gobierno, tras estudiar la propuesta del CGAE, ha entendido que la misma es la más conveniente para los colegiados ya que aunque supone un incremento de primas, éste es mucho menor que el que proponía para la renovación ARCH-DUAL y además, entre otras mejoras, se consigue una renovación por 3 años. Por tanto, la Junta de Gobierno ha acordado la adhesión a la póliza firmada por el CGAE con MAPFRE. En esta póliza, además, figurará como coaseguradora la compañía CASER con una participación en el riesgo de un 25%.

 

Por tanto, desde el pasado 1 de julio de 2012 y por un período de 3 años, hasta el 30 de junio de 2015, los abogados en ejercicio tendrán cubierta la responsabilidad civil profesional con Mapfre con la mediación de la correduría Aon.

 

La nueva póliza tiene un capital asegurado como cobertura básica de 685.000€ por siniestro y asegurado (hasta ahora eran 650.000€). La prima total anual por colegiado será de 218,16€ el primer año (hasta ahora era de 194,79€ y en la anualidad 2005/2006, con la póliza de HCC, fue de 222,64€) y de 232,34€ el segundo año. El tercer año, la prima anual se concretará en función de la siniestralidad del periodo comprendido entre el 1 de julio de 2012 y 30 de junio de 2014: mantenimiento en 232,64€ o bien un incremento del 7,5% o del 10% si la siniestralidad es elevada.

 

Además del aseguramiento de la Responsabilidad Civil, como ocurría con las pólizas anteriores, desde 2004, se añade también un seguro de accidentes con la aseguradora SURNE cuya prima anual por colegiado es de 6€ y que cubre el fallecimiento y la invalidez absoluta hasta 36.000€.

Por tanto la cuota anual de RC por colegiado ejerciente en la anualidad 2012/2013 (desde 1 de julio de 2012 a 30 de junio de 2013) será de 224,16€ (112,08€ por semestre). Hasta ahora la cuota anual era de 200,78€ (100,39€ por semestre).

 

La nueva póliza, además, incluye la cobertura por sanciones en materia de protección de datos. Hasta ahora había que contratar un producto aparte.

 

Otras ventajas de la nueva póliza son:

LISTADO DE COBERTURAS

CONDICIONES ACTUALES

MAPFRE

  • Condiciones Particulares

Duración del Contrato

2 años

3 años

Ámbito Temporal

Reclamaciones en vigencia de la póliza

Reclamaciones en vigencia de la póliza AMPLIA

  • Límite de Indemnización

Abogados

Según el limite elegido

Incremento de 35.000€ del limite de la anualidad 2011/2012

  • Resumen de Coberturas

Abogados

    Responsabilidad Civil Locativa (1)

NO INCLUIDA

150.000€

    Responsabilidad Civil Patronal

Incluido

Incluido

    Sublímite por víctima

150.000€

300.000€

    Daños a expedientes y documentos

180.000€

250.000€

    Inhabilitación Profesional

1.800€/12 meses

2.500€/18 meses

    Cobertura Protección de Datos

NO INCLUIDA

20.000€

    Infidelidad de empleados

NO INCLUIDA

60.000€

  • Franquicias

Abogados

    Cobertura Protección de Datos

NO INCLUIDA LA COBERTURA

INCLUIDA


(1) Responsabilidad Civil Locativa. Por esta cobertura se ampara la responsabilidad civil frente a los propietarios de los bienes inmuebles ocupados en régimen de arrendamiento destinados a oficina, siempre y cuando los daños no sean consecuencia del deterioro, uso u o desgaste de los mismos.

 

Dentro de las actividades incluidas en pólizas destaca:

  • Actividad de mediación en asuntos civiles y mercantiles, incluida con todas las exigencias del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo.
  • Actividad de arbitraje, según la Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre.
  • AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA BÁSICA: Aquellos de vosotros que teníais contratadas ampliaciones voluntarias del capital asegurado con la cobertura básica, debéis tener en cuenta que:
  • Dual/Arch se mantiene como aseguradora, pero entra Mapfre como coaseguradora de esta póliza con una participación del 30%. 
  • Se mantienen las primas aplicadas hasta ahora. 
  • El Límite total de cobertura ha aumentado, al incrementarse el límite de la capa básica. 

Los que estéis interesados en contratar este tipo de ampliaciones debéis utilizar el modelo disponible en la web (área Colegiados, apartado Servicios) y tramitarlo directamente con la correduría AON, tal y como se indica en el mismo.

Aseguramiento de la Responsabilidad Civil de los Administradores Concursales

En este supuesto, tanto en la póliza vigente hasta el 30 de junio como en la nueva póliza de Mapfre debéis tener en cuenta los Abogados que actuéis como Administradores Concursales como personas físicas estáis amparados por la cobertura de la misma.

 

Sin embargo, todos aquellos que forméis parte de una persona jurídica que haya sido incluida en el listado de Administradores Concursales (para ello es necesario estar constituida como sociedad profesional), debéis tener en cuenta que, como la vigente Ley Concursal exige que dichas personas jurídicas, para ser Administradores Concursales, han de estar integradas, al menos, por “un abogado en ejercicio y un economista, titulado mercantil o auditor de cuentas”, la cobertura de la póliza de Responsabilidad Civil no alcanza a dicha persona jurídica. La razón está en que la extensión de cobertura a sociedades que está incorporada en la póliza (tanto la vigente hasta 30 de junio como la de Mapfre) sólo se aplica a aquellas sociedades que estén integradas únicamente por Abogados (y éstos a su vez han de estar todos colegiados en alguno de los 50 Colegios de Abogados que están integrados en la póliza). Por ello, y a efectos del aseguramiento de responsabilidad civil debéis tenerlo en cuenta.