El presidente de la Junta, Emiliano García-Page, la consejera de Fomento, Elena de la Cruz Martín, y los seis decanos de los Colegios de Abogados de Castilla-La Mancha

Tras la firma del Convenio entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los Colegios de Abogados de Castilla- La Mancha, la Oficina de Intermediación Hipotecaria comenzó a ser atendida por los letrados del Colegio el pasado mes de diciembre.

En los tres primeros meses de funcionamiento, se ha atendido por los letrados de la Oficina a 30 usuarios que han precisado asesoramiento jurídico y el inicio de las gestiones de intermediación con la entidad bancaria acreedora. Han intervenido ya nueve letrados del listado elaborado en su día.

La Junta de Gobierno designó en el mes de febrero como Coordinadora de los Letrados a la compañera Ana Adán, valorándose su experiencia como Directora del SOJS E durante dos años y su condición actual de miembro de la Subcomisión de Extranjería del CGAE y de la Comisión del Turno de Oficio del Colegio.

La normativa de funcionamiento es la siguiente:

  • La prestación del servicio se desarrolla tanto en la sede de la Oficina de Intermediación Hipotecaria (situada en Ciudad Real, C/ Alarcos, 21, 6ª PLANTA) para la realización de asesoramiento jurídico, como fuera de la sede de la oficina para la realización de las labores de intermediación con la entidad bancaria, en su caso.
  • El servicio consiste, en primer lugar, en una reunión del letrado con la persona demandante del Programa para la prestación de asesoramiento jurídico. Esta reunión será concertada por el personal de la Oficina adscrito a la misma por la Dirección Provincial de la Consejería de Fomento. Se habilitará ordinariamente un solo día a la semana para la prestación del asesoramiento jurídico con un máximo de tres demandantes del Programa que serán atendidos por el mismo letrado.
  • Desde la Oficina se comunicará al Colegio, con anterioridad, la fecha y hora de celebración de las reuniones. Éste, a su vez, lo notificará al letrado que corresponda siguiéndose para ello el orden del número de colegiado al igual que en el caso del Turno de Oficio. La no prestación del servicio de forma injustificada conllevará la exclusión inmediata del mismo con independencia de las responsabilidades deontológicas en que se haya podido incurrir.
  • Cuando el letrado aprecie la necesidad de realizar una labor de intermediación con la entidad bancaria, lo comunicará así a la Oficina desde la que se recabará la autorización expresa del demandante para dicha intermediación así como el visto bueno del Director Provincial de la Consejería de Fomento.
  • Se está siguiendo por la Consejería de Fomento el Protocolo de Actuación de la Oficina Hipotecaria del que ya se ha dado traslado a los letrados integrantes del servicio.
  • La intermediación con la entidad bancaria tendrá como fin encontrar soluciones acordadas entre ésta y el deudor para aquellas situaciones que tienen perspectiva de mejora o que, con determinados cambios en la relación, pueden conseguir soluciones efectivas que no deriven en una ejecución hipotecaria o que puedan paralizarla.
  • Los letrados de la Oficina no podrán intervenir en el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria y en caso de existir éste, deberán coordinar su actuación con el letrado particular o de Turno de Oficio que esté designado en el mismo con el fin de no afectar a la defensa del justiciable en dicho procedimiento.
  • Los letrados adscritos a este servicio no podrán atender de forma privada la defensa de los intereses de los usuarios atendidos en el Programa de asistencia, asesoramiento e intermediación hipotecaria.
  • Los letrados integrantes del servicio adquieren el compromiso de formación en relación a los cursos que periódicamente les indique el Colegio de Abogados.
  • Los letrados integrantes del servicio deberán tener suscrito seguro de responsabilidad civil.
  • La cuantía y momento de la remuneración de los letrados seleccionados se producirán en 2016, una vez que la Junta de Comunidades apruebe la concreción de los extremos necesarios. Se remunerarán dos conceptos: asesoramiento jurídico e intermediación hipotecaria con la entidad bancaria.
  • La justificación de las actuaciones realizadas para su abono en el momento que corresponda, se efectuará en la forma que se indicará oportunamente desde el Colegio.

Se celebraron en el salón de actos de la Facultad de Educación del Campus de la UCLM en Ciudad Real. Intervinieron: Miguel Guerra Pérez, subdirector de Sepin, Abogado y Profesor de la Universidad Carlos III; Julián López Martínez, director de Sepin Derecho Administrativo y Abogado; y Susana González de la Varga, Magistrada Decana de los Juzgados de Móstoles.

Tras acuerdo con el Ilustre Colegio de Abogados de Ciudad Real, a todos los asistentes a las jornadas, la Editorial SEPIN les regaló una clave de acceso a la base de Datos on-line ‘Cronus Jurídico’, y, en cada una de las conferencias, se sorteó un lote de tres libros, en relación a las conferencias impartidas.