Por la dignidad de un Turno vilipendiado

LA ABOGACIA CUMPLE,
EL MINISTERIO DE JUSTICIA NO CUMPLE

12 DE JULIO DE 2022,
DÍA DE LA JUSTICIA GRATUITA Y EL TURNO DE OFICIO

El Ministerio de Justicia viene incumpliendo de forma sistemática el calendario de pagos al que en su día se comprometió, que le obliga al pago mensual del mismo, y que está regulado en el Real Decreto 141/2021 por el que se aprobó el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

Desde el pasado mes de febrero el Ministerio ha incrementado sus exigencias en cuanto a las certificaciones del Turno de Oficio hasta el punto de no abonar a los 23 colegios de la zona Ministerio de Justicia la totalidad de las mismas o retrasarlas.

A día de hoy el Ministerio de Justicia no ha abonado los Turnos de Oficio del mes de marzo de 2022, que deberían haberse abonado a finales de mayo, y tampoco los Turnos de Oficio del mes de abril de 2022, que deberían haberse abonado en el mes de junio. En total, lo que adeuda el Ministerio de Justicia a los Letrados y Letradas del Turno de Oficio de Ciudad Real son 250.000 €.

Ante esta situación los 23 colegios de las comunidades autónomas cuyas competencias en materia de Justicia dependen del Ministerio de Justicia (Castilla-La Mancha, Castilla-León, Extremadura, Baleares, Murcia, Ceuta y Melilla) están celebrando en esta mañana, de forma simultánea, concentraciones en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno respectivas.

Exigimos al Ministerio de Justicia el abono inmediato de las cuantías correspondientes a los meses de marzo y abril y que no se incurra en nuevos incumplimientos respecto a los meses posteriores.

El Estado no puede dejar de abonar a los profesionales del Turno de Oficio sus retribuciones pues las mismas responden a un trabajo realizado de forma efectiva y ejemplar por los mismos.

Debemos recordar al Ministerio de Justicia que el Turno de Oficio es un servicio público cuyo responsable es el Estado, por lo que no puede desentenderse del pago a los abogados y abogadas que lo prestan.

Por todo ello, hoy, 12 de julio, junto con toda la Abogacía Española, manifestamos lo siguiente:

1. El trabajo cotidiano de los 44.000 abogados y abogadas del Turno de oficio y la gestión de los Colegios de la Abogacía es absolutamente INDISPENSABLE e INSUSTITUIBLE para materializar el derecho a la tutela judicial efectiva recogida en nuestra Constitución, donde reside la esencia de nuestra democracia.

2. El conjunto de la profesión percibe con profunda preocupación el MALTRATO SISTEMÁTICO del que están siendo objeto quienes, a pesar de las lamentables condiciones en que se presta, continúan haciendo realidad ese derecho esencial para que podamos reconocernos como una democracia moderna.

3. Con un SISTEMA RETRIBUTIVO DESFASADO en cuanto a sus cuantías, caótico en su estructuración territorial y a todas luces simbólico sobre el coste real del servicio, los miembros del Turno rechazan la aplicación de un reglamento que siembra la duda permanente sobre los servicios que se certifican a través de los Colegios.

4. La Justicia Gratuita no puede seguir siendo ni un solo día más la GRAN OLVIDADA de un sistema de garantías que genera nuevos derechos y obligaciones sin incorporar más medios ni mejorar las condiciones de trabajo de quienes finalmente lo hacen realidad.

5. Transcurridos 26 años desde la aprobación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, puede asegurarse que la legislación que regula este derecho necesita una URGENTE ACTUALIZACIÓN que comience por conceptos esenciales y que descanse sobre una Ley del Derecho de Defensa.

6. La permanente alusión de los poderes públicos a la necesidad de PROTEGER A LOS COLECTIVOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD de la sociedad no puede arrinconar uno de los servicios públicos esenciales como es la Justicia Gratuita, pues supone abandonar a su suerte precisamente a quienes se encuentran en peor situación de entre la ciudadanía golpeada por la crisis.

7. El conjunto de las instituciones colegiales exige una SOLUCIÓN URGENTE Y EFECTIVA para el abono de los SERVICIOS PRESTADOS POR EL TURNO Y NO RETRIBUIDOS como consecuencia de una mala práctica legislativa persistente,

8. Las reiteradas manifestaciones de los poderes públicos en defensa de la PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y DE LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES deben ir acompañadas de una imprescindible mejora de las condiciones para quienes desde la abogacía luchan cada día por ganar terreno a su histórica indefensión.

9. Las manifestaciones políticas de compromiso y apoyo a la Justicia Gratuita que no se sustancian en un incremento de la inversión económica no hacen más que ahondar en el sentimiento de abandono que recorre la profesión y que se visualiza en el HARTAZGO de numerosos compañeros y compañeras.

10. El principio constitucional de que ningún ciudadano puede afrontar un proceso legal sin contar con un abogado y que este fundamento está en el corazón del compromiso social de la abogacía NO PUEDE UTILIZARSE COMO COARTADA PARA APLAZAR INDEFINIDAMENTE LA DIGNIFICACIÓN DE UN SERVICIO que se percibe como de una enorme calidad y se materializa a un coste ínfimo para el Estado

Finalmente, en este acto queremos expresar además las siguientes reivindicaciones que llevamos ya muchos años exigiendo al Estado sin que por parte de éste se adopte ni una sola medida para atenderlas.

  • -  Exigimos el incremento de las cuantías del baremo del Turno de Oficio. Las cuantías por las que se retribuye a los abogados y abogadas del Turno de Oficio por realizar su labor de forma intachable las 24 horas de los 365 días del año siguen siendo ínfimas.

  • -  Es necesaria la introducción de un sistema de actualización automática anual del baremo.

  • -  Deben incluirse en el baremo de pago del Turno de Oficio los módulos necesarios para contemplar todos los tipos de actuaciones que se realizan por los abogados del Turno de Oficio.

    -  El baremo debe permitir abonar todas las actuaciones y procedimientos que realizan de forma efectiva los abogados del Turno de Oficio.

  • -  Consideramos una injusticia el que los Abogados y Abogadas del Turno de Oficio, a pesar de haber desarrollado su trabajo, no puedan percibir compensación económica alguna cuando no hay una resolución de justicia gratuita concediéndola, haciendo recaer en el profesional el poder cobrar dicha compensación directamente del ciudadano. Ello es desconocer la realidad social en que se desenvuelve la labor del Abogado de Oficio y una injusticia flagrante. Si un ciudadano no es acreedor al beneficio de justicia gratuita debe ser el Estado el que le exija el pago de la atención recibida y no hacer recaer esa obligación en el Abogado que ha prestado sus servicios.