En relación con la necesidad de que los abogados adscritos a este Turno tengan residencia y despacho abierto en el Colegio de Abogados donde prestan el servicio de Justicia Gratuita
En 2018 se comenzaron a aplicar los criterios adoptados por la Audiencia Nacional en sus sentencias de 26 de marzo y 12 de abril de 2018 dictadas en los recursos contencioso-administrativos interpuestos por el Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara y el Consejo General de la Abogacía Española respectivamente y, por tanto, se continúa exigiendo la obligación de que los abogados adscritos al Turno de Oficio tengan colegiación, residencia y despacho abierto en el ámbito territorial del Colegio de Abogados donde prestan el Servicio de Justicia Gratuita.