Por lo que se refiere a la implantación del sistema Lexnet para Abogados, es decir, para los casos en que el Abogado ostente la representación del cliente (Laboral, Contencioso Administrativo, Menores, y Penal durante la instrucción hasta la apertura de juicio oral) os recordamos que, como ya os indicábamos en el boletín de 18 de junio, el Consejo General de la Abogacía Española y el Ministerio de Justicia firmaron el pasado 9 de junio el ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN EN MATERIA TECNOLÓGICA que permitirá el acceso a Lexnet a los abogados mediante su firma electrónica de la Abogacía y la mejora de la interoperabilidad con la Administración de Justicia (censo de colegiados, etc). De esta forma podrá retomarse la implantación en Ciudad Real de Lexnet para Abogados y que quedó interrumpida en 2009 debido a las incidencias que se produjeron y que no fueron resueltas entonces por el Ministerio de Justicia en relación a la plataforma de Firma Electrónica de la Abogacía.

 

Hasta ahora la utilización de Lexnet en los órganos judiciales de la provincia por operadores autorizados, como los Procuradores y otros distintos a la Abogacía, se concretaba únicamente en la recepción de notificaciones y, en las fechas indicadas más arriba, además, la presentación telemática de escritos iniciadores y de trámite.

 

Os recordamos que, a diferencia de los Procuradores, no existe actualmente obligatoriedad legal para los Abogados de entrar en el sistema Lexnet, pero teniendo en cuenta que desde el Ministerio de Justicia se ha anunciado que a partir del 1 de enero de 2016, todos los profesionales de la Justicia, incluidos los Abogados, y los órganos judiciales estarán obligados a emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal, ello significa que, en esa fecha, el abogado deberá asumir como una obligación más el compromiso de acceso o consulta al sistema de notificaciones y presentación de escritos a través de Lexnet, utilizando su carné de colegiado con firma electrónica de la Abogacía (ACA) que le acredita como abogado en internet. Insistimos en que esta obligatoriedad solo afectará a los casos en que el Abogado ostente la representación del cliente (Laboral, Contencioso Administrativo, Menores, y Penal durante la instrucción hasta la apertura de juicio oral).

 

El pasado 6 de noviembre el Consejo General de la Abogacía Española organizó una jornada en la que, entre otros asuntos, se abordó la implantación de Lexnet para Abogados en todo el territorio nacional y que contó con la asistencia de representantes del Ministerio de Justicia, en concreto de la Subdirección General de Nuevas Tecnologías, y que explicaron el despliegue previsto del sistema Lexnet para Abogados en toda España para 2015. Aunque se efectuó entonces por el Ministerio una previsión inicial para que en todas las provincias de Castilla-La Mancha el sistema Lexnet para Abogados arrancara el 18 de mayo de 2015 (y por tanto con anterioridad a comunidades autónomas como Aragón, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía) lo cierto es que dicha previsión inicial se ha diferido para todas las comunidades autónomas de España sin que exista en la actualidad una nueva previsión para todas ellas.

 

En su momento os comunicaremos con antelación la fecha en la que por parte del Ministerio se inicie la implantación de Lexnet para Abogados en Castilla-La Mancha.  

En principio estas serían las fases de implantación:

  1. FASE DE ARRANQUE: Se iniciará con una fase de coordinación entre el secretario de gobierno del órgano jurisdiccional competente, el Colegio de Abogados y el Consejo General de la Abogacía. Se organizarán jornadas informativas y se enviará el censo de letrados al Ministerio para que lo dé de alta en el Sistema de Gestión Procesal.
  2. FASE DE DOBLE VÍA: Posteriormente, existirá una segunda fase transitoria denominada “doble vía” para permitir al abogado utilizar ambas vías de comunicación (LexNet y la tradicional en papel) tanto para la presentación de escritos como para la recepción de comunicaciones.
  3. FASE DE VÍA ÚNICA: En esta última fase, a partir de la fecha que se establezca por el Ministerio, LexNet se implantará como la vía de comunicación obligatoria.

Para facilitar su uso entre los letrados, la Infraestructura Tecnológica de la Abogacía Española ha desarrollado Lexnet Abogacía, una aplicación con una interfaz sencilla de utilizar que funciona de forma similar al correo electrónico y que está totalmente integrada con el sistema Lexnet del Ministerio de Justicia. Por tanto los Abogados podrán disponer de una herramienta más completa que el resto de operadores de Lexnet.

La nueva aplicación dispone de un sistema de alertas por email y SMS configurables para que el abogado esté informado en todo momento de la llegada de nuevas notificaciones o de cualquier incidencia que pudiese surgir en Lexnet.

Entre las medidas que se pondrán en marcha para informar y formar a los abogados, el Consejo General de la Abogacía Española, desde su departamento tecnológico, RedAbogacía, reforzará el Servicio de Soporte Técnico, se organizarán jornadas formativas, y se difundirán trípticos, manuales de usuario, vídeos tutoriales y una wiki.

En la implantación de Lexnet Abogacía, el uso del carné colegial con firma electrónica ACA será  clave, puesto que es obligatoria para entrar en el sistema. ACA es la única firma electrónica que no sólo identifica a su portador, sino también garantiza su condición de abogado.

 

En su momento os iremos dando más detalle de todo lo anterior y de cómo vamos a organizar la implantación.

 

Tenéis más información sobre lo que es Lexnet, incluido un vídeo explicativo, en el siguiente enlace:

http://www.abogacia.es/2014/11/28/lexnet-presenta-online-tus-escritos-y-recibe-notificaciones-de-los-organos-judiciales-2/