Este Fondo se integra mediante una cuota de carácter anual que se gira únicamente a los colegiados ejercientes residentes que se encuentran en situación de alta en la Mutualidad de la Abogacía y que el importe de dichas cuotas se destina a integrar el Fondo de Asistencia Social del Colegio mediante el que se atiende lo siguiente:

  • Complemento económico de la pensión de jubilación que la Mutualidad paga a los colegiados mutualistas ejercientes residentes.
  • Complemento económico de la pensión de viudedad que la Mutualidad paga a los viudos/as de los colegiados mutualistas ejercientes residentes.
  • Ayudas económicas por nacimiento de hijos de los colegiados mutualistas ejercientes residentes.
  • Ayudas económicas extraordinarias para colegiados mutualistas ejercientes residentes en situaciones de grave necesidad.


En 2018 los datos son los siguientes:

  • Complemento económico de la pensión de jubilación que la Mutualidad paga a los colegiados mutualistas ejercientes residentes y de la pensión de viudedad que la Mutualidad paga a los viudos/as de los colegiados mutualistas ejercientes residentes: 29.567,81 €.
  • Ayudas económicas por nacimiento de hijos de los colegiados mutualistas ejercientes residentes (150 € x 4 colegiados): 600 €

Asimismo, en 2018, la Junta General Ordinaria del mes de diciembre adoptó el acuerdo de reformar el Fondo de Asistencia Social en el sentido de no admitir nuevas altas en el colectivo de beneficiarios del complemento de pensión ni tampoco revisiones al alza en los importes de dicho complemento dado que, en la configuración actual del Fondo, no se tiene en cuenta el nivel de renta y patrimonio de los beneficiarios.